15 oct 2020

¿Desde cuando se pagan intereses en la devoluciones?

Hay una discusión que viene desde el origen de los tiempos con dos posturas claramente enfrentadas y en muchas ocasiones de forma muy visceral que calculan el momento del inicio de intereses con una diferencia de un día.


Voy a intentar explicar las dos versiones para que cada opositor elija la que considere más correcta. Al final diré cual es mi opinión y que es lo que hace el ordenador de la AEAT. Y como siempre, o casi siempre, nos centraremos en el IRPF para después verlo en el IVA.


La Ley General Tributaria en su artículo 31.2 in fine dice: “A estos efectos, el interés de demora se devengará desde la finalización de dicho plazo hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución.”


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