La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal ha establecido una norma que quizás ha pasado un poco desapercibida pero que es necesario conocer para afrontar con solvencia el tema de los aplazamientos.
La Disposición Adicional 11ª de esta ley establece dos importantes novedades en materia de aplazamientos y fraccionamientos:
Elevación a rango legal del límite de 30.000
En primer lugar eleva a rango de ley el límite 30.000 euros por debajo del cual no es necesaria la aportación de garantías. Hasta ese momento este límite estaba fijado por la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre y desde este momento tendrá rango legal.
Fijación de los plazos máximos de resolución