Estructura básica del Ministerio de Hacienda.
El Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se
modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Hacienda.
Este Real Decreto establece que Corresponde al Ministerio de Hacienda la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
Este Real Decreto señala que las funciones que tiene encomendadas
se llevarán a cabo a través de los siguientes órganos superiores:
●
Vicepresidenta Primera y Ministra de Hacienda.
●
Secretaría de Estado de Hacienda.
●
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
El Ministerio de Hacienda ejercerá las atribuciones que legalmente le corresponden a través de los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Hacienda.
1º La
Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, de la que a su vez
depende la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera
Territorial.
2º La
Dirección General de Tributos.
3º La
Dirección General del Catastro.
4º El
Tribunal Económico-Administrativo Central, con rango de Dirección General.
De acuerdo con el Real Decreto 689/2020
quedan adscritos al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado
de Hacienda, la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y el Organismo Autónomo Instituto de Estudios
Fiscales.
El Consejo para la Defensa del Contribuyente es un órgano asesor,
adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda, para la mejor defensa de los
derechos y garantías de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración
tributaria estatal, que se regirá en cuanto a sus competencias, composición y
funcionamiento por sus normas específicas.
Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Hacienda, existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente en la del Departamento.
b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
1º La
Dirección General de Presupuestos.
2º La
Dirección General de Costes de Personal.
Está adscrita a la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos la Intervención General de la Administración
del Estado, con rango de Subsecretaría
c)
La Secretaría General de Fondos Europeos, de
la que, a su vez, dependen la Dirección General de Fondos Europeos y la
Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
La segunda modificación es muy simple. En el tema 25, tenemos que ir al apartado de Marcas fiscales y en el segundo párrafo sustituir el 6 por 100 por el 8 por ciento.
No obstante, no precisarán ir provistos de precinta o marca fiscal los envases de capacidad no superior a 0,5 litros que contengan bebidas derivadas cuya graduación no exceda de 8 por 100 vol. y los envases de hasta 1 decilitro, cualquiera que sea su graduación.